Concejo (Navarra)
Un concejo en la Comunidad Foral de Navarra, España, es una división administrativa de carácter local de algunos municipios de esta comunidad, los cuales son denominados municipios compuestos y éstos conforman valles, cendeas (ambos términos de raigambre histórica, pues responden a unidades tradicionales en Navarra) o distritos municipales, cuando han sido establecidos en el último siglo.
Estas entidades locales tienen determinadas competencias, entre las que se incluyen la administración de los propios comunales. Dentro de la mayoría de los concejos suele existir una entidad de población, aunque no faltan los casos con dos o incluso más núcleos urbanos. De los 272 municipios navarros 212 son simples, es decir, no tienen una división administrativa ulterior de este tipo; pero los 60 restantes, que son denominados municipios compuestos, cuentan con un determinado número de concejos.[1]
Índice
1 Historia
2 Administración
3 Competencias
4 Elecciones concejiles
5 Concejos
6 Referencias
7 Bibliografía
Historia
Estas entidades tienden a ir progresivamente extinguiéndose en los últimos años, en unos casos por no contar con población (menos de 16 habitantes o menos de tres familia)[2] o recursos suficientes para poder subsistir y su territorio y bienes pasan ser administrados directamente por el Ayuntamiento. En otros casos, por el contrario el volumen y la actividad de su población les lleva a convertirse en un municipio propio, así sucedió en con el concejo de Lecumberri, donde se localizaba la Casa Ayuntamiento del Valle de Larraun, y que en 1995 se independizó del Valle;[3] o Zizur Mayor, se independizó en 1992[4] de la Cendea de Cizur. En otras ocasiones, se fusionan con el ayuntamiento del valle o cendea cuando el resto de los concejos no tienen población o recursos suficientes para formar un ayuntamiento; así sucedió con el concejo de Mutilva Baja, en el Valle de Aranguren, que se extingió en 1991, sin que supusiese el desmembramiento del Valle. En 2014 Navarra contaba con 347 concejos,[5] 348 entre 2011 y 2014, 353[6] entre los años 2001-2010 y 476 existían en 1988.[7]
Administración
El gobierno y la administración de estas entidades se realiza en régimen de concejo abierto, cuando la población está entre 16 y 50 habitantes; o por una junta cuando la población supera los 50 habitantes. El concejo abierto está formado por un presidente del concejo y por todos los residentes en el concejo que se hallen inscritos con el carácter de vecinos. La junta está formada por un presidente del concejo y cuatro vocales, todos ellos elegidos por votación directa de entre los vecinos del concejo. Este tipo de organización quedó regulada en 1990 mediante la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra.[1]
La Ley de Administración Local de Navarra sustituyó al Reglamento para la Administración Municipal de Navarra de 3 de febrero de 1928, en que ya se recogía las funciones y competencias de los concejos. También sustituyó a las Normas sobre Juntas de Oncena, Quincena y Veintena de 4 de julio de 1979.[8]
Competencias
Corresponde a los órganos de gestión y administración de los concejos el ejercicio de las competencias relativas a las siguientes materias: administración y conservación de su patrimonio, así como la regulación y ordenación de su aprovechamiento y utilización; conservación, mantenimiento y vigilancia de los caminos rurales de su término y de los demás bienes de uso y de servicio públicos de interés exclusivo del concejo; otorgamiento de licencias urbanísticas conforme al planeamiento, previo informe preceptivo y vinculante del ayuntamiento; limpieza viaria; alumbrado público; conservación y mantenimiento de cementerios; archivo concejil; y fiestas locales.
La ejecución de obras y la prestación de servicios de exclusivo interés para la comunidad concejil pueden ser realizadas por el concejo, a su exclusivo cargo, si el municipio no las realiza o presta. Pueden asimismo ejercer los concejos las competencias que el municipio o el Gobierno de Navarra les delegue.[1]
Elecciones concejiles
Las elecciones a los concejos de Navarra se celebran cada cuatro años, coincidiendo con las elecciones municipales. En los casos de concejo abierto, se elige al presidente del concejo; en los casos de junta, se elige al presidente y a cuatro vocales. Las elecciones son convocadas por el Gobierno de Navarra, quien publica simultáneamente con la convocatoria una relación ordenada de los concejos agrupados por municipios, con indicación de la población de derecho de cada concejo. El sistema electoral utilizado es mayoritario uninominal para el concejo abierto y mayoritario plurinominal parcial para la junta.[1]
Concejos
Referencias
↑ «Decreto Foral 50/1995, de 20 de febrero, por el que se aprueba la segregación del Concejo de Lekunberri, perteneciente al término municipal del Ayuntamiento del Valle de Larraun, para constituirse en municipio independiente.». BOE n. 79 de 3 abril 1995.
↑ Boletín Oficial de Estado (ed.). «Decreto Foral 276/1992 de 2 de septiembre, por el que se aprueba la segregación del Concejo de Cizur Mayor, perteneciente al municipio de la Cendea de Cizur para constituirse en municipio independiente con la denominación de Cizur Mayor.». Consultado el 18 de septiembre de 2010.
↑
↑
↑ (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial y la última versión).
↑